ARTÍCULO 48.- Sin perjuicio de las responsabilidades establecidas en la Ley Orgánica y demás normas de la Institución, los Alumnos serán responsables por:
a) Desarrollar actividades atentatorias contra los principios básicos del Instituto y por el incumplimiento de las obligaciones que les impone la Ley Orgánica, este Reglamento y la demás normatividad de la Institución.
b) Utilizar la violencia u hostilizar individual o colectivamente por razones de ideología a cualquier miembro de la comunidad del Instituto.
c) Cometer actos que dañen los bienes patrimoniales del Instituto y alterar el orden o la disciplina dentro de cualesquiera de sus instalaciones y perturbar el desarrollo normal de las actividades de la Institución.
d) Emplear los bienes que constituyen el patrimonio del Instituto sin el permiso correspondiente o para usos o fines distintos de aquellos a que estén destinados.
e) Faltar al respeto a las autoridades del Instituto y a los miembros del Personal Académico y Administrativo.
f) Cometer actos contrarios a la moral y respeto que entre sí, se deben los miembros de la comunidad del Instituto Tecnológico de Sonora.
g) Falsificar o alterar documentos de cualquier especie que sirvan para acreditar estudios o calificaciones, o usar o aprovechar los propios documentos cuando la falsificación fuera imputable a terceros.
h) Participar en actividades tendientes a desconocer la organización del instituto o modificar instancias académicas o administrativas, alterando la estructura y los procedimientos establecidos en la Ley Orgánica y en general en la legislación de la Institución.
i) Consumir o introducir bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos y substancias similares, en las instalaciones de la Institución.
j) Concurrir al Instituto en estado de ebriedad o bajo la influencia de psicotrópicos o estupefacientes.
k) No cubrir las cuotas aprobadas por la Institución.
l) Utilizar sin autorización el nombre y escudo del Instituto.
m) Portar armas dentro de las instalaciones del Instituto.
n) Suplantar o permitir ser suplantados en la realización de actividades académicas.
o) Intentar sobornar a miembros del Personal Académico o No académico con el propósito de modificar los exámenes, los resultados de éstos o conocer el contenido de los mismos antes de su aplicación.