PRIMERO.- El presente Reglamento entrará en vigor el día de su aprobación por el Consejo Directivo.
SEGUNDO.- El Rector mandará imprimir este Reglamento y hará la más amplia difusión del mismo, para conocimiento de los Alumnos del Instituto.
TERCERO.- Quedan derogadas todas aquellas disposiciones aprobadas con anterioridad que se opongan al presente Reglamento.
CUARTO.- Los casos no previstos en este Reglamento, así como la interpretación del mismo, estarán a cargo del Consejo Directivo.
Este Reglamento fue aprobado por el Consejo Directivo en sesiones celebradas con fechas 6 de noviembre de 1992 y 8 de febrero de 1993.